A pesar de que existe un elevadísimo consenso en relación con la gran deficiencia de todos los servicios que brinda el Estado, cada vez que surge el tema referente a cuáles son las funciones de éste y cuáles las del mercado, se da por un hecho, sin mayor reflexión, que el Estado debe asumir ciertas funciones, y en exclusiva, lo que excluye, de entrada, la mejor (¿única?) solución del problema que representa la mala entrega de los servicios públicos. La provisión de estos servicios es deficiente porque con los monopolios estatales, de cualquier índole, no hay una relación de dependencia directa entre el que provee el servicio y el usuario; el bienestar de todo el personal de las empresas públicas depende únicamente de la clase política. Es decir, hay problemas con los servicios que provee el Estado porque faltan dos elementos del mercado que hacen que el bienestar de esos trabajadores dependa única y exclusivamente de la calidad del servicio que brindan a sus clientes: la competencia y el pago directo sólo por el servicio demandado y recibido. En el esquema estatal de oferta de esos servicios no hay competencia y el pago es obligatorio, vía impuestos, y totalmente independiente del servicio entregado.
Según el tipo de servicio público de que se trate, existen diferentes grados de dificultad para visualizar la introducción de esos dos indispensables elementos de mercado. Existe, en particular un grupo de servicios que a pesar de no tener las características de lo que los economistas llaman "bienes públicos" y que, en parte, por esta razón el Estado siempre ha fallado en su entrega, a la ciudadanía se le hace un mundo imaginar su provisión por el mercado libre, condición sine que non para mejorar la entrega. Me refiero a la protección policial y los servicios judiciales.
¿Cómo se darían estos servicios en un mercado libre? Hay dos modalidades: agencias policiales y judiciales privadas, o compañías de seguros con su propia policía. El usuario )ciudadano común o dueño de una tienda, edificio o casa) contrataría el servicio con una agencia policial o de seguros y pagaría sus cuotas mensuales como paga el agua. El servicio sería variado, abarcando desde el tener policías estacionados en los barrios y centros de comercio, o haciendo rondas, hasta el sistema en el cual el cliente llama a su agencia policial o compañía de seguros cuando la necesite )por ejemplo, cuando sospecha que alguien invadió su casa o negocio), tal como se hace ahora con la policía de "todos". En el caso judicial, como los servicios no serían requeridos con tanta frecuencia, el individuo podría, en vez de hacer un pago continuo, pagar sólo cuando requiere los servicios, a sabiendas también de que el criminal o violador de contratos recompensaría a la víctima. Según otra modalidad, las agencias policiales serían las que contraten los servicios judiciales; incluso, podría haber servicios integrados en los cuales las agencias proveen tanto el servicio policial como el judicial. La Compañía Judicial Providencia podría tener una división policial y otra judicial. Coexistirían en una misma región o ciudad varias agencias policiales y de seguros, y ninguno querría perder mercado por tener precios demasiado elevados. La competencia aseguraría la eficiencia, bajos costos y alta calidad )totalmente ausentes ahora.
La aplicación. Supongamos que el señor Solano sufre un robo y acude a su agencia policial la cual concluye que el culpable es el señor Castro. Si el señor Castro acepta su culpabilidad, no hay problema, y se procede a imponer el castigo judicial, el cual se centraría en la restitución o compensación de la víctima. Pero, ¿qué pasa si Castro no acepta su culpabilidad? Entonces, Solano acude a la compañía de servicio judicial y plantea la demanda. Esta corte le avisa al señor Castro para que se presente el día y la hora del juicio; pero no lo puede hacer llegar por la fuerza. Si resulta que ambos utilizan la misma compañía judicial, entonces el fallo, cualquiera que sea, es el único aceptable y los dos deben acogerlo. Si los dos utilizan servicios judiciales distintos las cosas pueden variar. En este caso, Solano plantea la demanda y se lleva a cabo el juicio. Si el fallo favorece a Castro, hasta ahí llega todo. Si favorece a Solano, Castro puede aceptar el fallo y el consiguiente castigo. Pero si considera que hubo parcialidad o algún error de parte del juez, él puede llevar el caso a la corte de su preferencia, a su propio servicio judicial. Si este falla en contra de él hasta ahí llega el asunto; pero si falla en su favor, entonces se requiere de un paso adicional, ya que ahora él puede apelar el fallo de la corte de Solano. El paso adicional consiste en que las dos cortes busquen una corte de apelaciones del agrado de ambos y que estén dispuestos a aceptar su fallo. El caso termina una vez que ésta tercera corte dé su fallo. Las cortes que llevaron el caso deben pagar a la corte de "apelaciones" por sus servicios y luego cobrarles a sus clientes. Queda claro que una regla del sistema privado sería que cualquier fallo ratificado por dos cortes es final y aplicable. Actualmente la Corte Suprema es la máxima (¿monopólica?) corte de apelaciones y ni los usuarios ni las cortes menores tienen opciones diferentes. En el sistema libre, cualquier corte puede servir como una corte de apelaciones.
Este planteamiento no es ni nuevo ni tan extraño. Gustavo de Molinari, un economista liberal francés del siglo XIX, fue el primero en la historia en considerar un mercado libre para la protección policial. En la Isla Paraíso, Las Bahamas, desde que una compañía privada se responsabilizó por el servicio de protección policial, la isla ha tenido uno de los mejores récords del mundo en cuanto a la baja incidencia de robos, violaciones y asaltos en una área turística. Se estima que en Colombia, el 60% de la policía es pagada directamente por los usuarios. En EEUU los gastos en protección privada alcanzan el 50% de lo que gasta el Estado. En Costa Rica debe andar parecido. Murray Rothbard, un intelectual libertario de fuste, escribió mucho sobre las cortes privadas en un mercado libre. Irlanda prosperó por mil años con solo las cortes privadas de los brehons, actuando en competencia. Además, el Código Procesal Penal, que entró en vigencia el pasado primero de enero, contiene algunos elementos que apuntan en esta dirección. ¡Aprovechemos el mercado para todo lo que sirve!
(Artículo inédito)

